VeriFactu para autónomos: obligatorio desde el 1 de julio de 2027
Qué es VeriFactu, qué cambia en tu programa de facturación, desde cuándo te obliga si eres autónomo, y qué pasa si sigues facturando en Word o Excel.
Si eres autónomo, VeriFactu te obliga desde el 1 de julio de 2027. A partir de ese día tu programa de facturación tiene que ser inalterable, encadenar cada factura con la anterior e imprimir un código QR en todas. Word, Excel y plantillas dejan de valer. La multa por usar un programa no adaptado llega a 50.000 €.
Qué es VeriFactu
Es el nombre del sistema que la Ley Antifraude de 2021 impuso a los programas de facturación, desarrollado por el Real Decreto 1007/2023. La idea es simple: que ninguna factura pueda borrarse o cambiarse después de emitida sin que quede rastro. Para eso el programa tiene que cumplir cuatro cosas:
- Encadenamiento: cada factura lleva una huella digital calculada con los datos de la anterior. Si falta una, se nota.
- Inalterabilidad: no se puede modificar ni borrar un registro; se anula con otro registro.
- Código QR y leyenda: cada factura lleva un QR que permite comprobarla en la web de Hacienda, y el texto "VERI*FACTU" o "Factura verificable".
- Registro de eventos: el programa guarda qué se hizo y cuándo.
Las dos modalidades
En la modalidad VeriFactu el programa envía cada registro de factura a la Agencia Tributaria en el momento, y a cambio Hacienda presume que tus facturas son correctas. En la modalidad no VeriFactu los registros se quedan en tu programa, con las mismas garantías, y Hacienda puede pedirlos cuando quiera. Casi todos los programas del mercado ofrecen la primera, y para un autónomo suele ser la opción más cómoda.
Desde cuándo
| Quién | Desde |
|---|---|
| Empresas (sociedades) | 1 de enero de 2027 |
| Autónomos y demás contribuyentes | 1 de julio de 2027 |
| Quien ya está en el SII (grandes empresas) | No le aplica |
Los plazos originales eran de 2026; el Real Decreto de diciembre de 2025 los retrasó un año.
Qué tienes que hacer
- Si facturas en Word, Excel, una plantilla o a mano: cambia a un programa adaptado antes del 1 de julio de 2027. No hay forma de cumplir con una plantilla.
- Si ya usas un programa: pregúntale por escrito si cumple VeriFactu y si tiene la "declaración responsable" del fabricante. Si no responde con claridad, cambia.
- Elige uno que además tenga anunciada la factura electrónica obligatoria, para no cambiar otra vez en 2028. Los que hemos revisado están en qué programa elegir.
Qué pasa si no cumples
La Ley General Tributaria fija hasta 50.000 € por ejercicio para quien tenga o use un programa de facturación que no cumpla los requisitos. Es la sanción más cercana en el tiempo de todas las que explicamos en sanciones.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es obligatorio VeriFactu para autónomos?
Desde el 1 de julio de 2027, según el Real Decreto que modificó los plazos en diciembre de 2025. Para empresas (sociedades), desde el 1 de enero de 2027.
¿Qué tengo que hacer para cumplir VeriFactu?
Usar un programa de facturación adaptado: que encadene cada factura con la anterior mediante huella digital, no permita borrar ni modificar sin rastro, e incluya el código QR y la mención "VERI*FACTU" o "Factura verificable". Word, Excel y plantillas no cumplen.
¿VeriFactu me obliga a enviar las facturas a Hacienda?
Depende de la modalidad. En la modalidad VeriFactu el programa envía cada registro a la Agencia Tributaria en el momento. En la modalidad "no VeriFactu" no se envían, pero el programa debe conservarlos con las mismas garantías y Hacienda puede pedirlos.
¿Es lo mismo que la factura electrónica obligatoria?
No. VeriFactu regula el programa. La factura electrónica obligatoria regula el formato y el envío de las facturas entre empresas, y llega más tarde: aproximadamente octubre de 2028 para autónomos.
Fuentes oficiales
- Real Decreto 238/2026 (BOE)
- Agencia Tributaria: RD 238/2026
- Ley 18/2022, Crea y Crece (BOE)
- Agencia Tributaria: VeriFactu
No es asesoramiento fiscal ni legal; confirma tu caso con tu gestoría. Las fechas de la factura electrónica dependen de una orden ministerial pendiente y se indican como aproximadas.